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El Índice Hipotecario anulado y sustituido por el EURIBOR. Los afectados pueden reclamar su dinero, sentencia la justicia europea

El Índice Hipotecario anulado y sustituido por el EURIBOR. Los afectados pueden reclamar su dinero, sentencia la justicia europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, TJUE, dictaminó que el índice hipotecario, IRPH, puede ser controlado judicialmente pese a estar regulado por el Banco de España y debe considerarse nulo si hay falta de transparencia. La sentencia salió a la luz el pasado 3 de marzo, el mismo día que el juzgado Nº17 de Palma daba la razón a un cliente por el abuso de Caixabank porque no fue informado debidamente a cerca de las consecuencias económicas derivadas de la aplicación del índice hipotecario.   

La sentencia balear declara nulo el IRPH, obliga a Caixabank a eliminarlo, al recálculo de todos los intereses devengados durante toda la vida del préstamo hipotecario, utilizando como índice de referencia el EURIBOR y a restituir al afectado la diferencia resultante en relación a las cantidades percibidas, más los intereses legales desde la fecha de cada uno de los pagos y hasta su efectiva satisfacción. Porque se incumplieron los criterios de información y transparencia exigidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

El TJUE dicta que los tribunales españoles deberán asegurarse del carácter claro y comprensible de las cláusulas de contratos de préstamo hipotecario, que establezcan la aplicación de un tipo de interés variable basado en el índice de referencia de las cajas de ahorros (las conocidas cláusulas IRPH).   

Desde Europa precisan que los tribunales españoles deberán comprobar que las cláusulas de esas características sean de carácter claro y comprensible. Si dichos tribunales llegaran a la conclusión de que esas cláusulas son abusivas, podrán sustituirlas por un índice legal aplicable de manera supletoria, en general el EURIBOR. 

 

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